Ernesto Villanueva Villanueva
Conferencia ofrecida el 10 de octubre
del 2008 en la Facultad de Contaduría y Administración de la
Universidad Autónoma de Chihuahua durante el ciclo de conferencias
“Periodismo y reforma electoral” organizado por el Foro de Periodistas
de Chihuahua, A.C., el Instituto Estatal Electoral Chihuahua y el
Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública.
La libertad de expresión en México, la forma en que está redactado el primer párrafo del artículo 6o. de nuestra actual Constitución, es prácticamente igual a la de la Constitución de 1857, salvo la inclusión del derecho de réplica y la última parte del primer párrafo, que se refiere a que el derecho a la información será garantizado dentro del Estado. Estas fueron las dos reformas que ha tenido el texto constitucional en ese artículo, para posteriormente ser ampliado con un segundo párrafo que desarrolla los principios del acceso a la información pública.
Siempre hemos entendido la libertad de expresión como un derecho, una prerrogativa que tiene toda razón para poder buscar, distinguir, investigar ideas, opiniones y hechos a través de cualquier medio; básicamente esa ha sido la acepción tradicional de este concepto en el caso mexicano. El artículo 13 de la Comisión Americana, que tiene una redacción similar, ha sufrido interpretaciones cada vez más amplias, más protectivas, más incluyentes de lo que es este derecho; por un lado lo ha hecho la relatoría de libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y recientemente la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos emblemáticos en que ha tenido precisamente que dilucidar si tiene mayor preeminencia la libertad de expresión sobre el derecho a la propiedad privada o la libertad de expresión sobre el derecho al honor, y algunos temas también relacionados con la asignación de recursos publicitarios a los medios de comunicación.
Entre esas nuevas interpretaciones que subyacen a esta primera definición originaria de que la libertad de expresión es entendida como la prerrogativa que tiene toda razón para poder buscar, obtener y difundir hechos, ideas y opiniones, la propia Comisión Interamericana ha adicionado algunos elementos: primero, que no sea restringida por mecanismos directos o indirectos, básicamente se debería –y eso ha sido un ejemplo poco afortunado en México– a Pipsa, Productora e Importadora de Papel, sociedad anónima, que se desincorporó en 1992 pero antes era la principal fuente de aportación de papel a los diarios y constituía finalmente una limitante. Segundo, la garantía y equipamiento; evidentemente que es razonable la garantía o el derecho que tiene el ciudadano para poder ejercer la libertad de expresión, de nada sirve que yo tenga mi derecho a la libertad de expresión si no tengo las garantías materiales para poderlo ejercer; esto se vincula también con el ambiente de dispersión social, de afectación a la integridad física de los comunicadores, de quienes ejercen la libertad de expresión; la responsabilidad no es, desde mi punto de vista, del crimen organizado, no es del narcotráfico, no es de los delincuentes, es del Estado, el Estado tiene la obligación y es su función, es el papel que debe hacer, garantizarnos la seguridad material para poder ejercer no solo la libertad de expresión sino todos los demás derechos; si el Estado no cumple, definitivamente tenemos un problema grave. Escuchaba con mucha atención una interesantísima plática de Lorenzo Córdova acerca de que el problema de los medios electrónicos es que los medios electrónicos no son los únicos responsables, desde mi punto de vista los responsables son nuestros legisladores, nuestros representantes, y se dejaron secuestrar, se dejaron querer, por tanto, ¿a quién le debemos pedir y exigir cuentas? Yo no puedo decirle a Televisa o a Televisión Azteca que vayan contra sus propios intereses, tengo que decirle al Congreso de la Unión. Yo creo que, tanto por un lado con los medios electrónicos como por esto de que la autoridad nos diga: “no, es que la verdad ahora son el narcotráfico, son esos malosos”, no, el responsable es el Estado en sus diversos niveles de gobierno, a nivel federal, estatal o municipal según corresponda, son los únicos responsables, los demás son finalmente personas, asociaciones que están al margen de la ley, que cometen un delito y por tanto deben ser investigados, detenidos y castigados, eso me parece que debe quedar claro en materia de libertad de expresión.
Una vez referidas las generalidades de lo que es la libertad de expresión y cómo se ha ido incluyendo en su concepto que posee el derecho a no ser restringida por mecanismos directos o indirectos y a garantías materiales para poderla ejercer, un tercer elemento de la libertad de expresión es que también tiene una preemidencia cuando se trata de una pugna por los derechos, siempre y cuando se trate de dos circunstancias: se trate de una persona pública, bien sea un servidor público bien sea una persona que voluntariamente se coloca en la escena pública, o que se trate de temas del interés público, ¿qué es el interés público?, es aquel conjunto de informaciones que permite de manera general y amplia ejercer derechos y/o cumplir obligaciones. El derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, no hay derechos absolutos salvo uno, el derecho a la vida, pero la libertad de expresión no es un derecho absoluto y tiene que ser armonizado con otro tipo de derechos, pero sí hay en la jurisprudencia un derecho preferente en esta circunstancia, cuando se dan estos dos elementos.
La libertad de expresión ha ido poco a poco desarrollándose, sin embargo tenemos una Ley de Imprenta bastante restrictiva, una ley preconstitucional, aprobada antes de que entrara en vigor la Constitución en mayo de 1917, una ley que ya ha sido desfasada; hay una reciente resolución sobre el concepto de vida privada, que está previsto en el artículo primero de la Ley de Imprenta, y tiene muchas oportunidades de mejora y por tanto de ser reformada. No hemos avanzado en este asunto de la libertad de expresión como debiese ser.
El tema de la transparencia pareciera que no tiene nada que ver, que no hay una relación directa con la libertad de expresión, pero sí la tiene y lo tiene en buena medida. Agrupos periodísticos señalaron que el tema de acceso a la información se trataba de una “ley mordaza”, por supuesto que no, no se trata de una ley mordaza, sino por el contrario, de mecanismos para ensanchar, para ampliar precisamente el acceso a la información pública; en el caso del acceso a la información pública, ¿cuáles son los elementos que lo vinculan con la libertad de expresión?, ¿porque tendría que haber esa combinación entre libertad de expresión y transparencia? Porque la transparencia, por su propia característica de ser un derecho, un sistema que permite que el acceso a la información en poder de los sujetos obligados, de las entidades y dependencias públicas, sin duda está teniendo impacto en el ejercicio de la libertad de expresión, particularmente cuando se trata de un ejercicio de carácter profesional, es decir, cuando se ejerce el periodismo.
¿Cuáles son los elementos que impactan la transparencia en el ejercicio periodístico? Primero, la transparencia permite pasar de un periodismo de declaración a un periodismo de hechos, ¿qué es lo que sucede hoy? Si ustedes revisan los periódicos, los grandes encabezados son lo que digan determinados funcionarios, la nota son los dichos de alguien a quien socialmente se le tiene como importante, si viene aquí el presidente de la República y dice cualquier cosa, va a ser nota seguramente de portada; entonces esto es finalmente un periodismo que ha sido tradicionalmente, ¿y por qué había sido así?, porque no teníamos acceso a la información, no teníamos la manera de contrastar esa información, entonces el acceso, la transparencia, el derecho al acceso a la información pública va a ir generando un periodismo de precisión, un periodismo veraz, no diría yo objetivo, diría veraz, es decir, mucho más cercano a la verdad, o sea la veracidad es un ingrediente esencial de la verdad, no es la verdad en sí misma; y tanto tendrá el efecto adicional que optimice el derecho a saber de los gobernados en este proceso de impacto de la transparencia en el ejercicio periodístico.
Un segundo elemento, no menor, que el acceso a la información pública está teniendo hoy en día es que la existencia tradicional de los columnistas vaya transformándose, en muchos casos han desaparecido, están desapareciendo y se están convirtiendo en analistas especializados; antes de la ley de acceso las fuentes de información de la sociedad era leer a determinado columnista, ¿por qué?, porque era el que traía la información que se le había filtrado, entonces uno debería estar bien informado si leía a perengano a perengana porque solo de esa manera podría saber otros elementos que no se advertían en la nota diaria, y esos eran los transportistas, y de alguna manera los damnificados, algunos de ellos me decían: “es que la información es de quien la trabaja, nosotros trabajamos nuestras fuentes durante toda la vida y ahora cualquier persona va a tener acceso a la información pública y eso no se vale”, y esto no lo vieron como una parte del desarrollo democrático sino que esto es lo que ellos pasaron; entonces, este tipo de columnistas en el ámbito de la ciudad de México han ido desapareciendo, ustedes pueden verificar que muchos de ellos ya dejaron de existir. ¿Y quiénes se han quedado en su lugar? Analistas. Ya los columnistas que sabían todo, que platicaban y comentaban y escribían de todo, verdaderos sabios que yo reconozco, que un día hablaban sobre calentamiento global, mañana sobre los problemas de Laguna Verde, pasado sobre derecho mercantil y a final de semana hablaban sobre todo lo que sucedía en biología, ya no hay, o hay cada vez mucho menos, lo que han hecho los medios es contratar expertos, como un proceso de transformar la generalidad del que escribe a la especialidad, entonces ya que a quien se contrate es un especialista en un tema que va a saber mucho de poco y no un poco de mucho tan general, evidentemente habría una calidad de información menor, y eso también es un impacto de este proceso de desarrollo del acceso a la información pública en el ejercicio periodístico.
Un tercer punto, también importante, es que el acceso a la información pública está transformando al periodismo de la nota diaria. En México se distingue, en las casas de redacción, el periodismo de la nota diaria y el periodismo de investigación, la investigación era siempre la élite, un pequeño espacio en las mesas de redacción, hoy el acceso a la información pública está haciendo que el periodismo de investigación esté nutriendo al periodismo de la nota diaria, con la gente, un periodismo también de mayor calidad.
Como vemos estos tres elementos, por un lado pasar de un periodismo de declaraciones a un periodismo de hechos; pasar de un periodismo de columnistas con información a un periodismo de opinión con especialistas que analizan la información que se publica, y pasar de un periodismo diario con una pequeña parte de periodismo de investigación a un periodismo de investigación mucho más amplio, en la nota diaria va a enriqueciendo, y esto es lo que permite ser mucho más preciso en el análisis de la métrica. Por ejemplo, en el caso de Emilio Buitrón, a mí me llamó mucho la atención la publicación señalando la nuca pero con la cabeza volteada de la fiscal especial antisecuestros de la PGR, y lo que hice fue investigar en las fuentes de información pública, obtuve toda la información desde su nacimiento, declaraciones patrimoniales completas, y la publiqué en Proceso, y al mismo tiempo presenté una solicitud de información a la PGR vía el SISI [Sistema de Solicitudes de Información a la Administración Pública Federal], y después de tener publicado toda esa semana me contestan que era una información clasificada como reservada y confidencial porque ponía en peligro su vida, pese a que ya había publicado tres semanas antes quién era Nicandra Castro, donde nació, cuánto ganaba, cuántos bienes, todo salió publicado antes en mi columna de Proceso, porque me parecía que era un tema de interés público y porque ella voluntariamente lo había hecho público, así lo especificó a la función pública, “quiero hacer pública mi declaración patrimonial”.
Quienes se dedican al periodismo de investigación, teniendo las herramientas de acceso, podrán hacer mejores historias, podrán hacer historias documentadas, y es lo que antes no había, un pase de imputaciones, opiniones, juicios de valor, pero lo fuerte es tener los datos en la mano, eso sin duda va a evitar a quien ejerce el periodismo tener algún tipo de demandas, algún tipo de réplicas, algún tipo de problemas. Ahí vemos cómo el acceso a la información periodística sin duda se ha convertido en una herramienta fundamental para un mejor ejercicio periodístico; por desgracia la mayor parte de los periodistas todavía no pueden utilizar estas herramientas, todavía hay un problema cultural en el que preferimos mejor ir a las fuentes de toda la vida, a las fuentes tradicionales, pero la herramienta está ahí y está a disposición de todos. Esa es, desde mi punto de vista y de manera muy sintética, la doble relación entre la transparencia y el ejercicio periodístico o el ejercicio profesional de la libertad de expresión.
¿Qué problemas hay, cuáles son los retos que tenemos hoy en día en esta materia, en materia de transparencia y en materia de libertad de expresión? Entre los temas más debatidos, el primero es la protección a periodistas. Este tema de protección a periodistas se ha vuelto ya un asunto bastante complejo, donde no hay en principio no hay solución unívoca, hay distintas aproximaciones y yo no advierto que haya en realidad una solución integral; se ha pensado en la federalización de los delitos contra periodistas; habría que definir el vocablo “periodistas”, no hay una definición salvo la que hace la Ley del Secreto Profesional del Periodista en el Distrito Federal, que define al periodista como “toda persona que hace del ejercicio de la libertad de expresión o información su principal actividad de manera permanente y en forma remunerada”, entonces habría que ver si esa definición se ajusta o no se ajusta. Segundo, la federalización tiene algunas ventajas: cada vez que hay problemas con los periodistas, la percepción que se tiene es que las corporaciones de seguridad municipales o estatales están cercanas a quienes perpetran estos delitos en perjuicio de la integridad personal del periodista, y se piensa –o al menos se advierte así– que si esto fuera un delito federal, haciendo las reformas al Código Penal, pues ya la AFI o el ministerio público federal, los cuerpos de policías federales tendrían una conducta menos apegada a los intereses, que vaya soportando una mayor capacidad investigadora. No me consta que así sea, pero esa es la percepción que se tiene; lo cierto es que la fiscalía especial creada en la PGR no ha solucionado un solo caso, eso es un hecho, eso es un dato muy puntual: tiene bastantes y no ha solucionado nada; entonces ese es un asunto pendiente del que sin duda las posibilidades de imaginar alguna solución están en la agenda del debate.
Otro elemento que también es muy importante es la parte relativa a la promoción política de los gobernantes y la publicidad oficial vinculada con la libertad de expresión. Recientemente en el marco de la reforma electoral se reformó el artículo 134 constitucional, y hay una parte en el penúltimo párrafo que hace referencia precisamente a la prohibición de la promoción personal de los gobernantes públicos, y tiene ahí un elemento importante del cual se puede deprender una eventual ley en materia de transparencia y equidad, que se ha señalado una reivindicación, una lucha de un sector importante de la comunidad periodística pero que hasta el día de hoy no se ha hecho. ¿Que sucede en ese campo? En el ámbito federal, en el ámbito del estado de México y en el Distrito Federal, la información sobre los gastos de comunicación social es pública, es decir, los datos los puede uno obtener sin ningún problema; no obstante, en otros estados se trata de información clasificada como reservada y confidencial, los casos más claros son Quintana Roo y Veracruz, incluso en Veracruz el propio órgano garante confirmó la clasificación que declarara esa información como reservada por 12 años, así como todos los datos de los servidores públicos de la Coordinación General de Comunicación Social, ya sea que estén en activo o hayan estado en activo durante los 6 años anteriores; es un exceso defender esto bajo los dos argumentos que esgrimieron: uno, que esto generaba una ventaja indebida en beneficio de un tercero, y dos, que impedía garantizar de mejor manera el derecho a la información de la sociedad para hacerle llegar la obra siempre positiva del gobierno del Estado.
Desde mi punto de vista, evidentemente no debería ser información clasificada como reservada, la ventaja indebida en perjuicio de un tercero más bien es un asunto que coloca una parte que está desordenada con la asignación publicitaria; no hay una normatividad en el ámbito federal, hay un acuerdo de 1992 y un acuerdo anual que de alguna manera regulan esta circunstancia, pero en los estados no siempre se reproduce eso mismo, y por tanto vemos en medios como Proceso, que, a pesar de tener el mayor tiraje en revistas de información general, no tiene una sola página publicitaria del gobierno federal, lo cual denota evidentemente que hay una gran intención política de sancionar los recursos públicos a una publicación.
¿Qué ha dicho la Corte Interamericana y la Comisión Interamericana de este asunto? Han señalado que no existe un derecho de los medios a la publicidad, no hay un derecho de los medios a tener un subsidio, por supuesto, o sea los medios tienen que hacerse cargo de su propia existencia con la venta de sus ejemplares, con la venta de publicidad privada, etcétera; no hay ese derecho preexistente como parte de la libertad de expresión, pero sí existe el derecho a no ser discriminado cuando el gobierno decida que haya partidas para publicidad, que es una cosa distinta, está relacionada pero es diferente, y en este caso prácticamente todos los gobiernos estatales, municipales y el federal tienen partidas mayores o menores asignadas a la parte de publicidad.
Entonces vemos que una ley en materia de transparencia gubernamental, digamos, teniendo como base tanto el artículo 6o. como particularmente el 134, el último párrafo, sin duda podrían poner las reglas del juego más claras, evitando por un lado el uso discrecional de los recursos públicos por parte del gobernante para premiar o castigar según la tendencia de lógica de cada medio; segundo, establecer las características que deberá tener cada medio para ser susceptible de poder recibir recursos públicos; tercero, eliminar el estado de indefensión que hoy también se encuentra en los proyectores de comunicación social; es precisamente por eso que tienen clasificada la información, ¿por qué? Porque si no la clasifican el problema no es un problema jurídico sino un problema político, al director de Comunicación Social se le van a ir y le van a decir: “¿por qué al de enfrente le das cinco pesos y a mí me das 2.3?”, y el argumento razonable de que “aquel vende tres veces más de lo que tú vendes” genera finalmente un problema de mala relación entre el titular de comunicación y los medios, que después se vuelve precisamente en contra de la institución si no está regulado; en cambio, si viene una regulación, evidentemente el director titular puede invocar esta circunstancia y podría haber mayor orden en este tema. Cada día este asunto está discutiéndose más y es posible que próximamente se presente una iniciativa conjunta, al menos del PAN y del PRD, para legislar sobre esta materia que sin duda es uno de los temas que inquietan a la comunidad.
Estos son, desde mi muy particular punto de vista, los dos grandes retos: primero, proteger el ejercicio de la libertad de expresión con mecanismos materiales para poderlo ejercer, si no de nada me sirve que el Estado ya –como sucedía tradicionalmente– se abstenga de interferir y no me censure, pero no se haga cargo precisamente de mí, de la seguridad con la que yo pueda expresar mis puntos de vista, mis ideas; tendría que garantizar no solo a mí sino a todos los ciudadanos, obviamente, esta posibilidad, si no ese derecho quedaría mutilado, quedaría inexistente. Segundo, se entiende que tener claro que el acceso a la información pública puede mejorar la calidad de la información, por lo cual tiene un círculo virtuoso: se mejora la calidad de información, se informa de mejor manera, y el empresario de medios vende más.
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