Miércoles 9 de septiembre de 2026
El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Política (ICHITAIP) resolvió el Recurso de Revisión ICHITAIP/RR-0561/2026 interpuesto en contra del Sujeto Obligado Municipio de San Francisco de Borja, por el cual ordenó entregar respuesta a solicitud de información consistente en diversos cuestionamientos sobre el Órgano Interno de Control (OIC).
El sujeto obligado omitió dar respuesta a la solicitud de acceso a la información que le fue presentada, dentro del plazo otorgado por el artículo 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, razón por la cual el recurrente presentó el recurso de revisión.
La solicitud de información contiene varias cuestiones relacionadas con la implementación de mecanismos y órganos de participación ciudadana en el municipio del periodo del 2018 a la fecha de la solicitud, tal como si el municipio cuenta con reglamentos, lineamientos, manuales, acuerdos, convocatorias u otros instrumentos normativos; informar cuáles mecanismos de participación ciudadana contemplados en la ley en la materia han sido promovidos en el municipio y el número de solicitudes ciudadanas fueron presentadas, entre otros cuestionamientos más.
En la Plataforma Nacional de Transparencia se establecía como fecha límite para entregar la respuesta el 17 de junio del 2026, sin que se hubiese advertido la atención a la petición hecha por un particular por lo que se presentó el recurso de revisión.
Por la omisión en la que incurrió el sujeto obligado, los integrantes del Pleno del ICHITAIP votaron de manera unánime por ordenar entregar la información solicitada, concediendo para ello un plazo de tres días contables a partir del día siguiente de haber recibido la notificación.
La resolución se dio en la Sesión Ordinaria que los integrantes del Pleno, Comisionado Presidente Sergio Rafael Facio Guzmán; Comisionada Karla Gabriela Fuentes Moreno y María Selene Prieto Domínguez, celebraron este día.




